Existe una normativa oficial que regula tanto la factura electrónica como la firma electrónica.
Según la Orden Ministerial EHA/962/2007 las empresas ya no han de guardar 5 años en papel las facturas si las digitalizan; certificadamente. Mediante los procedimientos que establece la Agencia Tributaria. Decreto 1496/2003 (BOE nº90
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